martes, 6 de enero de 2015

PARTE 3. LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO EDUCATIVO


El apartado de Convivencia en el Centro Educativo no queda reflejado en un capítulo concreto sino que se establecen pequeñas normas de convivencia en cada uno de los capítulos en referencia al contenido que dicho capítulo trate. Sin embargo, se trata de una forma más profunda en el Capítulo IV “Organización de espacios, instalaciones y recursos materiales” y en el Capítulo VI “Organización de la vigilancia en los recreos. Las Guardias.” Asimismo, en el Capítulo XI “Normas sobre la utilización de teléfonos móviles y otros aparatos electrónicos y procedimiento para garantizar el acceso seguro a internet” se hace una referencia expresa a la convivencia en el centro.

El Centro Educativo es un lugar donde se establecen relaciones e interacciones entre los
miembros de la Comunidad Educativa. La actividad central es el proceso de enseñanza aprendizaje, pero para que esta se produzca, las interacciones deben ser las adecuadas. Existen, además de las relaciones docente-alumno, otras que llamaremos de convivencia: compartir un mismo espacio y proyecto educativo en colaboración y cooperación, en una relación compleja de interdependencia. La calidad del acto educativo, depende directamente de la calidad de la convivencia humana que se establezca en el centro.

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Los contenidos a tener en cuenta en las Normas de Convivencia se apartarán más de su cometido en la medida que traten mecanismos y principios generales del funcionamiento organizativo del Centro y se ajustarán más en cuanto se refieran a aspectos concretos y específicos de los diversos comportamientos y conductas favorecedoras de las relaciones interpersonales.

Encontramos un defecto en el ROF del IES Averroes en cuanto a que la convivencia en el Centro no tiene un capítulo específico, sino que tiene puntualizaciones durante todo el reglamento, en especial en los capítulos IV y VI. El reglamento no dispone de unas normas de convivencia, ni articuladas ni tampoco la forma de realización de este reglamento aunque sí está recogida en el Capítulo III la existencia de la Comisión de Convivencia.

En cuanto a las estrategias favorecedoras de la convivencia en el centro que recomiendan la Junta de Andalucía:
o   En cuanto a los profesores: Se fomentan mediante reuniones tal y como queda establecido en Capítulo III del ROF.
o   En cuanto a los alumnos: Durante el documento se hacen recomendaciones, pero no están descritas de forma expresa en ningún Capítulo. No figura ni la organización e información, la participación en el aula de alumnos ni las actitudes de convivencia.
o   En cuanto a las familias: Durante el documento se hacen recomendaciones, sobre todo en el apartado 1 “. La Participación en la Vida del Centro” pero no están descritas de forma expresa.

Finalmente, el Capítulo XI “Normas sobre la utilización de teléfonos móviles y otros aparatos electrónicos y procedimiento para garantizar el acceso seguro a internet” se trata específicamente un problema concreto como es el uso de dispositivos móviles y electrónicos como parte de la convivencia en el aula. El centro tiene muy en cuenta esta problemática habiéndole dedicado un capítulo expresamente y, aunque dejan abierta la puerta a su uso educativo, en principio prohíbe el uso de todos los dispositivos particulares durante las clases (no así durante el horario de recreo).

PARTE 2: GOBIERNO Y GESTIÓN DE LOS CENTROS



El apartado de Gobierno y Gestión de los centros comprende el Capítulo III “Criterios y procedimientos para la toma de decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente”  y el Capítulo VI “Organización de la vigilancia en los recreos. Las guardias”.

El ROF debe tratar todos estos aspectos en cuanto al Gobierno y Gestión del centro:
1) Planificación General del Centro.
2) Programación Curricular.
3) Coordinación y dirección de los recursos humanos.
4) Gestión económico-administrativa.
5) Representación institucional y relaciones comunitarias.

 


Órganos y Estructuras de Gobierno de los Centros
Fuente: Consejería de Educación. Junta de Andalucía.

Cada órgano de gobierno y gestión tiene que tener perfectamente delimitada sus competencias y su ámbito de actuación. Este aspecto es de gran trascendencia para evitar duplicidad o solapamiento de funciones y conflictos innecesarios en el seno de los Centros docentes. Esta definición de tareas competenciales permite también, solicitar decisiones e informaciones precisas a los órganos idóneos para ello, así como exigir responsabilidades en su caso.

En el caso de el ROF del IES Averroes, el apartado de los órganos de gobierno queda explicado en el Capítulo III que es a su vez el de mayor extensión del reglamento, ocupando desde el artículo 6 al 23.

Este apartado está perfectamente redactado, cumpliendo con todos los requerimientos legislativos. Cabe destacar que la redacción de los órganos directivos está muy bien estructurada, explicando en cada uno sus competencias, forma de elección y haciendo mucho hincapié en la necesidad de la existencia de diferentes reuniones entre los órganos tanto internas como externas, cosa que es muy recomendable según las indicaciones de la Junta de Andalucía en lo referente a este apartado.

Un hecho a destacar de este ROF es que toman en consideración que en el proyecto educativo del centro se recogerá la forma de organizar y coordinar la tutoría del primer curso de educación secundaria obligatoria con las tutorías del último curso de los centros de educación primaria adscritos al instituto. En este sentido, el departamento de orientación del centro, en colaboración con los equipos de orientación educativa de la zona y bajo la supervisión de las jefaturas de estudios de los centros afectados, elaborarán un programa de tránsito en el que deberán coordinarse acciones dirigidas al alumnado y a las familias con el fin de facilitar a los alumnos el paso de la educación primaria a la secundaria.

En cuanto al Capítulo VI “Organización de la vigilancia en los recreos. Las guardias”, observamos que los procedimientos a seguir desde que se abre el aula hasta su cierre se encuentra sumamente detallado, así como la vigilancia de los recreos indicando cuánto personal y dónde deben situarse en todo momento. Sin embargo, un posible aspecto negativo es la falta de una mayor profundidad en el ROF en la manera de asignar a los profesores de guardia, así como algún tipo de documento o formato de tabla para llevar un control de los turnos y horarios.